sábado 14 de noviembre de 2009

Afrentosos crucifijos

Por JUAN MANUEL DE PRADA, en ABC, Lunes, 09-11-09

POR paradojas del azar, la conmemoración de la caída del murito de Berlín ha coincidido con una sentencia del sarcásticamente llamado Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo que ordena la retirada de los crucifijos de las aulas. La caída del murito de Berlín supuso, según nos martillea la propaganda, la «victoria de la libertad»; y las consecuencias de esa libertad victoriosa las contemplamos por doquier. La retirada de los crucifijos quizá sea la más aparente, por lo que tiene de simbólica; pero detrás de esa retirada está el suicidio de Occidente, que ha decidido, como los alacranes asediados, inyectarse el veneno de su propio aguijón. Y, en su arrebato de autodestrucción, disfrazado con los bellos ropajes de la libertad, reniega de los logros que han fundado su identidad.

Eso que la propaganda denomina «victoria de la libertad» no ha sido sino victoria de la más feroz de las tiranías, que no es otra que aquélla que despoja a los seres humanos de su capacidad de discernimiento moral. Las tiranías clásicas, ataviadas con los ropajes hoscos de la represión, al ejercer sobre las conciencias una violencia coactiva, aún permitían a sus oprimidos cierto grado de resistencia: pues todo expolio de lo que es constitutivamente humano genera en quien lo padece una reacción instintiva de defensa. La nueva tiranía no actúa reprimiendo la conciencia moral, sino desembridándola, de tal modo que sus sometidos dejan de regir su conducta por la capacidad de discernimiento, dejan de ser propiamente humanos, para guiarse únicamente por la satisfacción de sus intereses y caprichos. Y la nueva tiranía, ataviada con los bellos ropajes de la libertad, otorga a esos intereses el estatuto jurídico de «derechos», sin importarle que sean intereses egoístas o criminales; porque en la protección de tales intereses la nueva tiranía ha encontrado el modo de mantener a sus sometidos satisfechos. Ya no son hombres, sino bestias satisfechas, porque han extraviado la capacidad para discernir lo que es justo y lo que es injusto; pero las bestias satisfechas en sus intereses y caprichos egoístas o criminales, además de adorarse a sí mismas, adoran a quien les permite vivir sin conciencia, pues si alguien les devolviera la capacidad de discernimiento la vida -su vida infrahumana- se les tornaría insoportable.

Y ésa es la razón por la que la nueva tiranía ordena la retirada de los crucifijos: constituyen un recordatorio lacerante de que hemos dejado de ser propiamente humanos. Nos recuerdan que nuestra naturaleza caída fue abrazada, acogida, redimida, perdonada por aquel Cristo que murió colgado de un madero. Pero la noción de redención, como la de perdón, exigen una previa capacidad de discernimiento moral; exigen un juicio sobre la naturaleza de nuestros actos. Y cuando alguien se niega a juzgar sus actos, por considerar que están respaldados por una libertad omnímoda, la presencia de un crucifijo se torna lesiva, agónica y culpabilizadora. Y lo que la nueva tiranía nos promete es que podemos vivir sin ser redimidos ni perdonados, que podemos vivir sin culpa ni agonía; esto es, sin lucha con nuestra propia conciencia, por la sencilla razón de que hemos sido exonerados de tan gravosa carga. La nueva tiranía nos promete que todo lo que nuestra naturaleza caída apetezca o ansíe será de inmediato garantizado, protegido, consagrado jurídicamente; lo mismo da que sean meros caprichos de chiquilín emberrinchado que crímenes infrahumanos como el aborto. Frente a esta promesa de libertad omnímoda, el crucifijo aparece entonces a los ojos de esos hombres convertidos en bestias como una oprobiosa cadena: les recuerda que han renunciado a su verdadera naturaleza; les recuerda que esa naturaleza a la que han renunciado era su posesión más preciosa; les recuerda que Dios mismo entregó su vida por abrazarla. ¡Afrentoso recordatorio!

miércoles 4 de noviembre de 2009

Matar al mensajero

Por Rafael NAVARRO VALLS, EL MUNDO. MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2009

Un tribunal tiene la última palabra no porque tenga siempre la razón, sino más bien porque es la última instancia. Conviene tener presente esta verdad para no convertir cada sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en una especie de icono mediático que merece adoración indiscutida.

La sentencia Lautsi c. Italia es un ejemplo de cómo un tribunal puede caer en las redes del activismo político trasladado al ámbito judicial: un tema sensible, la hipotética influencia de la presencia tradicional de crucifijos en la escuela en las conciencias infantiles, se ha convertido en campo de batalla para recortar la posición de la religión en la esfera pública. Una suerte de estímulo para que los estados sólo toleren la manifestación pública de valores morales que no sean religiosos o que, al menos, estén desprovistos de su connotación religiosa, a pesar de que esos valores constituyan, paradójicamente, el humus donde el mismo Estado tiene su origen. Una curiosa percepción de la laicidad del Estado que permite quedarse con los frutos siempre que se tale el árbol. Quedarse con el mensaje, pero matando al mensajero.

No es una sentencia aislada. Se inserta en una serie de decisiones del citado tribunal a favor de políticas de eliminación de símbolos religiosos personales –sobre todo islámicos– en entornos educativos, en Francia y en Turquía, duramente criticadas por juristas de muy diversos países e ideologías. De ahí la preocupación manifestada en agosto por la Comisión sobre Libertad Religiosa Internacional de EEUU.

Uno de los expertos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) en materia de libertad religiosa, el profesor Javier Martínez-Torrón, observaba con razón que el Tribunal de Estrasburgo ha iniciado una deriva «demasiado tributaria de una concepción que entiende la laicidad no como neutralidad del Estado ante el hecho religioso o ideológico, sino como ausencia de visibilidad de la religión, es decir, como una situación artificial que garantiza entornos libres de religión, pero no libres de otras ideas no religiosas de impacto ético equiparable».

Contrasta esa deriva, por ejemplo, con una declaración del Constitucional alemán en 2003: «No es inconstitucional que todos los niños desde su infancia –también los hijos de padres de ideología atea– conozcan que hay en la sociedad personas con creencias religiosas, y que desean practicarlas». O con el Supremo de EEUU (Marsh v. Chambers, 1983), que, al declarar constitucional que se diga una oración pública en la apertura de las sesiones legislativas del Senado, lo calificaba como «un reconocimiento tolerable de las creencias ampliamente compartidas por el pueblo de este país y no un paso decidido hacia el establecimiento de una iglesia oficial».

miércoles 28 de octubre de 2009

Empanada de laicidad

Artículo espléndido de Pilar Rahola (sí, sí, Pilar Rahola), leído gracias a José Apezarena.

Sobre la objeción de conciencia

Por Salvador Bernal, en Religión Confidencial, el 27 de octubre de 2009

En el proyecto de ley que intenta introducir en el ordenamiento español el derecho al aborto en nombre de la llamada salud sexual y reproductiva, no se contempla la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios.

La cuestión es importante, porque no es cuestión pacífica en España. Muchos autores entienden que existe ese derecho, con base en la libertad ideológica del art. 16 CE, aunque no esté reconocido por una ley. Para otros, es imprescindible la tipificación en una norma objetiva. En fin, no faltan quienes consideran que corresponde a los jueces dilucidar ante casos concretos: p. ej., rechazo de tratamientos médicos por Testigos de Jehová.

Tal vez, la postura más coherente jurídicamente sea esta última. Pero es inoperante en un país con una administración de justicia tan lenta. Basta pensar en sentencias sobre la intimidad de hijos pequeños de famosos, que alcanzaban firmeza cuando las víctimas habían sobrepasado la mayoría de edad. Y eran casos sin intereses económicos o políticos, como puede suceder con los Albertos o con conocidos presidentes de Diputaciones.

Por si fuera poco, no hay unidad entre el Tribunal Constitucional y el Supremo. Aquél afirmó al comienzo de los ochenta que la objeción “es un derecho reconocido explícita e implícitamente en el ordenamiento constitucional español”. En cambio, recientemente, el Supremo, a propósito de la educación para la ciudadanía considera que se refiere a “materias perfectamente delimitadas: el servicio militar y la posición de los informadores en las empresas informativas”. Craso error, pues la cláusula de conciencia, mencionada en el art. 20 CE es asunto más bien laboral: el periodista puede acogerse al régimen del despido improcedente cuando cambia la orientación ideológica del medio que le contrató.

Hace años publicaron un importante estudio sobre las objeciones de conciencia en Occidente dos conocidos catedráticos de Derecho eclesiástico: Rafael Navarro Valls y Javier Martínez Torrón. El fenómeno ha crecido desde entonces, por la excesiva injerencia del legislador en cuestiones que deberían quedar al libre arbitrio de cada persona. Como reacción ante esa moral de Estado, tienen que intervenir los más altos Tribunales, incluido el Europeo de derechos humanos con sede en Estrasburgo.

Queda claro en ese libro que no se puede hablar propiamente de una objeción, a modo de un derecho unitario, sino de objeciones de conciencia, en plural: diversas en su origen, significado y valor jurídico. Porque se han multiplicado, en relativamente poco tiempo, tanto los supuestos de objeción como sus fundamentos ideológicos, filosóficos o religiosos. En su origen, fue un mecanismo de defensa de la conciencia religiosa frente a la intolerancia del poder. Pero hoy tutelan contenidos éticos no vinculados a creencias. Además, con un carácter expansivo.

Pero, suprimido el servicio militar, no parece que vayamos a llegar a otras objeciones, como la fiscal o la laboral, o el rechazo de obligaciones civiles como el jurado o el voto. Para el aborto, está reconocida en casi todas las legislaciones que lo han despenalizado. En todo caso, el derecho de la mujer no podrá negar la dignidad humana del personal sanitario.

domingo 25 de octubre de 2009

Europa y el Papa. Unas élites peligrosas

Publicado por GEES el 1 de Octubre de 2009
Fundación Burke

En primer lugar, las elites intelectuales progresistas, que hace ya tiempo establecieron una feroz censura en las universidades, ahora trasladada a los medios de comunicación. Han creado un despotismo ideológico en temas relacionados con la historia de Europa, con la sexualidad, con la religión, con los sistemas políticos, que hace tiempo que sepultó la libertad de cátedra, y ahora cada vez más la de prensa. Jamás en Europa, incluyendo muchas de sus más negras épocas, se ha defendido tanto la censura por parte de quienes supuestamente la tienen que defender, como ahora. Ver para creer.

En segundo lugar, una clase política cívica y moralmente envilecida, capaz de aceptar y decir cualquier cosa con tal de no dejar de pertenecer al círculo del poder. Tanto la izquierda como la derecha europeas se han convertido en siervos de una supuesta moralidad neutral, que en el fondo es una absolutización burocrático-colectiva de nuestras sociedades, en connivencia o con miedo a la clase intelectual europea. La UE se ha convertido en una inmensa máquina administrativa que cada vez más se dedica a dos cosas: decir a los europeos qué tienen y qué no tienen que hacer, y decirles qué pueden o qué no pueden decir. Todo ello escondido en comisiones, votaciones y toda la parafernalia institucional creada en los últimos años.

Entre unos y otros están creando en Europa un clima irrespirable para quienes no convengan con sus opiniones. El último episodio, el español, donde en el Parlamento -sede de la soberanía nacional- se ha llegado a discutir si había que discutir -como en una triste parodia de los Hermanos Marx- la reprobación al Papa por decir en marzo de 2009 algo defendido por todos los médicos: que los preservativos no evitan el contagio del SIDA al cien por cien. La polémica viene de lejos, pues el asunto ya se trató por parte del Parlamento Europeo y por otros países: uno de ellos, Bélgica, incluso condenó oficialmente al primero de los cristianos por exponer su opinión. Además, el juicio paralelo por la intelligentzia europea ha arrastrado el nombre del Papa por los suelos en los últimos meses.

¿Qué pasa? El preservativo es lo de menos, porque lo que tienen en el punto de mira es a la Iglesia Católica y al cristianismo. La izquierda no soporta, y a parte de la derecha no le parece mal, que haya alguien más fuera de ellos que tenga autoridad para decir qué está bien o qué está mal. Unos, porque lo hacen desde los periódicos o las televisiones. Otros, desde los parlamentos. Entre ellos aún se ponen más o menos de acuerdo -son hijos de la misma degradación intelectual y moral- pero alguien que no sea de la casta, que represente además la tradición europea, y que congregue a millones de personas en misa cada domingo, se les hace insoportable.

Pero ojo, no sólo es un problema de creciente censura: nuestra clase política e intelectual está conduciendo a nuestras sociedades libres al suicidio: rechaza la religión cristiana cuando frente a ella el islamismo se dedica a expandir la suya; se dedica a criminalizar nuestro pasado histórico dando la razón a quienes dicen que debemos pedirles perdón y darles ventajas por ello; rechaza nuestra tradición justo cuando enfrente otros tratan de suplantarla; insulta al Papa cuando otros dicen que acabarán conquistando Roma -tras Al’Andalus, por supuesto. Están atacando el fundamento de nuestras sociedades justo cuando a las puertas del continente los enemigos de la libertad planean cambiarlas de acuerdo a la sharía. Juegan a ver quién es más progresista, a ver quien es más “liberal” -en el peor sentido del término-, pero en el fondo están sirviendo la cabeza de los europeos a los enemigos de la libertad.

¿Alguien en su sano juicio cree que Europa sobrevivirá a la amenaza islamista atacando al Papa y al cristianismo? Respuesta: nadie en la calle, pero muchos en nuestras instituciones, tanto comunitarias como nacionales. La pregunta que debemos hacer tiene que ver con la ruptura entre una ciudadanía que mal que bien sigue teniendo afecto por su pasado, sus costumbres, su religión y sus creencias y unas clases dirigentes situadas al lado de sus enemigos. Si la primera reacciona contra la segunda, hay esperanza. Si no, futuro negro.

jueves 22 de octubre de 2009

Laicismo y religión, error de enfoque

El laicismo en España parte de un grave error de perspectiva, mira al pasado como un mal que hay que enmendar, y al futuro como los viejos utopistas ilustrados. El error está en que el pasado -al margen de que sea o no tan malo- es inamovible, y que las utopías, cuando han querido llevarse a la práctica, siempre acaban en la guillotina.

Pero el error fundamental del laicismo español es que olvida el presente. Olvida, por ejemplo, cómo somos los católicos de hoy, cuáles son nuestras aspiraciones, como olvida que llenamos este país, que llenamos -aún más- su Historia -su pasado-, y que, como ciudadanos de pleno derecho, aspiramos a contribuir en la construcción del futuro de todos.

Hay un empeño desquiciado en los laicistas por convertir a los católicos en lo que no somos, en devolvernos a las catacumbas -privacidad las llaman ellos-, en subsumirnos bajo la etiqueta de tolerancia.

No, los católicos no podemos ser sólo tolerados, los ciudadanos no pueden ser simplemente tolerados, según sean o no sus convicciones. Los católicos somos actores de la sociedad en la que vivimos, como los demás, ni más ni menos que los demás, como los demás ni más ni menos que nosotros..., o que los laicistas.

Para colmo, a los católicos no hay manera de sujetarnos en unas catacumbas, ni siquiera podríamos hacerlo nosotros mismos; en nuestra naturaleza está ser expansivos, vivir a la intemperie, proponer, comunicar inconformismo. Contrariamente al juicio laicista, al expandirnos nos debilitamos, al contraernos nos hacemos más fuertes; y sabemos que este fluctuar es el pálpito de nuestro corazón histórico.

Los laicistas harían bien en cambiar de enfoque, mirar al presente y relajarse; vamos a caminar juntos, así que más nos vale mirarnos a lo ojos y dejar de tratar con caricaturas y con fantasmas.

martes 6 de octubre de 2009

La engañosa neutralidad del laicismo

"El buenismo hace que a algunos la tolerancia les sepa a poco, si no va acompañada de reconocimiento de derechos"

Por Andrés Ollero, en Conoze.com, el 21 de agosto de 2009

Toda sociedad necesita establecer un mínimo ético, deslindando la frontera entre moral y derecho. No hace mucho que, invitado a un Congreso nacional sobre objeción de conciencia, he debido ponerlo de relieve. El problema surge a la hora de obtener los criterios para resolver si una determinada cuestión, por su grado de relevancia pública, debe o no ser regulada por el derecho. Hoy día a menudo se intentan imponer sin debate soluciones ideológicas que se presentan como neutrales.

No cabe imponer las propias convicciones a los demás. Tan tajante afirmación, a más de drástica, suena a perogrullada. ¿Qué es eso de pretender que todos piensan como nosotros? Analizada desde otro ángulo—más jurídico—- quizá cambie el panorama. Si fuera imaginable una sociedad en la que cada cual pudiera comportarse con arreglo a su leal saber y entender ¿sería necesario el derecho?

El derecho existe precisamente para que algunos ciudadanos se comporten de determinado modo, pese a su escaso convencimiento al respecto [1]. A quien está convencido de que la defensa de sus heroicos ideales políticos justifica generar muertes, de modo indiscriminado o selectivo, se le ha de convencer sobradamente de lo contrario con las penas oportunas.

1. La democracia no es relativista
Ello es perfectamente compatible con el reconocimiento del pluralismo como «valor superior del ordenamiento jurídico», de acuerdo con el artículo 1.1 de la Constitución española. El derecho se nos presenta siempre como un mínimo ético, lo que excluye de entrada que los demás deban verse obligados a compartir nuestros más preciados maximalismos. Pero incluso ese mínimo ético deberá determinarse a través de procedimientos que no conviertan al ciudadano en mero destinatario pasivo de mandatos heterónomos. La creación de derecho deberá estar siempre alimentada por la existencia de una opinión pública libre, lo que convierte a determinadas libertades (información y expresión) en algo más que derechos fundamentales individuales: serán también garantías institucionales del sistema político.

Todo ello no implica relativismo alguno. La democracia no deriva del convencimiento de que nada es verdad ni mentira; afirmación que, según más de un relativista, sí cabría imponer a los demás. La democracia se presenta como la fórmula de gobierno más verdaderamente adecuada a la dignidad humana y, en consecuencia, recurrirá a la fuerza coactiva del derecho para mantener a raya los comportamientos de quienes no se muestren demasiado convencidos de ello. La democracia no deriva siquiera de la constatación de que el acceso a la verdad resulta, sobre todo en cuestiones históricas y contingentes, 'notablemente problemático; se apoya, una vez más, en una gran verdad: la dignidad humana excluye que pueda prescindirse de la libre participación del ciudadano en tan relevante búsqueda.

Cuando se identifica democracia con relativismo, se verá un enemigo en cualquiera que insinúe, siquiera remotamente, que algo pueda ser más verdad que su contrario. Lo más cómico del asunto es que -desafiando el principio de no contradicción se convertirá así al relativismo en un valor absoluto sustraído a toda critica.

2. La religión, tabaco del pueblo
Para quienes muestran esta curiosa dificultad para hacer compatible democracia y verdad, el problema se agudiza cuando las verdades propuestas dejan entrever parentescos con confesiones religiosas socialmente mayoritarias. Al debate sobre el relativismo se unen ahora las legítimas exigencias del principio de laicidad, que llevan a respetar la autonomía de las instituciones temporales. Los poderes públicos y las confesiones religiosas conciernen al mismo ciudadano, pero tienen ámbitos de acción propios que les obligan a mantener, en su beneficio, una razonable cooperación.

No ocurre así cuando la presencia de lo religioso en la vida social no se acoge con la misma naturalidad que la de lo ideológico, lo cultural o lo deportivo, sino que se le atribuye una dimensión de perturbadora crispación que la haría sólo problemáticamente tolerable. Surge así el laicismo, con sus imperativos de drástica separación entre poderes públicos e-instituciones eclesiales. Quien se cierra a una visión trascendente de la existencia tiende a reducir a política, y a evaluar en términos de poder, todo el dinamismo social. La autoridad moral, que los ciudadanos tienden con toda lógica a reconocer a las confesiones religiosas, se percibe como la pretensión de ejercer una potestad intrusa, no rubricada por los votos. El único modo de extirparla sería una forzada privatización de toda vivencia religiosa, negando legitimidad a su presencia pública. Procedería pues enmudecer por perturbador a cualquier magisterio confesional, por permitirse ilustrar doctrinalmente a sus fieles sobre cómo afrontar determinadas situaciones o problemas sociales.

Por supuesto, visto con ojos medianamente liberales la situación sería bien distinta. Para Rawls, por ejemplo, «en una sociedad democrática, el poder no público», como el «ejercido por la autoridad de la Iglesia sobre sus feligreses, es aceptado libremente»; «pues, dadas la libertad de culto y la libertad de pensamiento, no puede decirse sino que nos imponemos esas doctrinas a nosotros mismos»[3]. Cuando algo tan elemental se olvida, la libertad religiosa desaparece en la práctica como derecho fundamental, cuyo respeto es exigencia de justicia, para verse reducida a actividad privada, como fruto de una tolerante generosidad. Se ha superado la vieja idea de que la religión sea el opio del pueblo, lo que obligaba a perseguirla; se pasa, en heroico progreso, a tolerarla como tabaco del pueblo: fume usted poco, sin molestar y, desde luego, fuera de los espacios públicos...

3. Una extraña pareja
Laicismo y relativismo acaban componiendo una extraña pareja, porque los drásticos planteamientos del primero cobran un carácter absoluto difícilmente superable; pero el enemigo común une mucho. El relativismo rechaza toda justicia objetiva y el laicismo a quien se le ocurra predicarla.

En otros tiempos se impuso más de una vez una teoría de los derechos de la verdad, que animaba de modo poco tolerante a negarlos a los equivocados. Ahora se pretende patentar una contrateoría simétrica: todo aquel que sugiera que hay soluciones objetivamente más verdaderas que otras, será tratado como autoritario; por muy abierta que sea su actitud subjetiva en la búsqueda y realización práctica de esa verdad.

Este maridaje acaba confundiendo el plano de la realidad (existen o no exigencias éticas objetivas) con el de su conocimiento (cabe conocerlas racionalmente, con más o menos dificultad). El pluralismo asume la dificultad del acceso a la verdad; en consecuencia, da por hecho que caben caminos diversos para acercarse a ella y tiende a considerar provisional lo logrado. Con esta actitud está dando por supuesto, como hace por lo demás también la ciencia, que existe una realidad objetiva que tiene sentido buscar; de lo contrario, sobrarían todos los caminos imaginables y el definitivo mentís relativista sobre la existencia del problema planteado.

4. Acuerdo fronterizo: público privado
La frecuente vinculación de lo moral con lo religioso agudizará la dificultad del ya aludido deslinde entre lo jurídico y lo moral; sobre todo en países donde la tensión entre clericalismo y laicismo no ha llegado a encontrar históricamente una respuesta equilibrada. Se tenderá a confinar lo religioso, incluidas sus propuestas morales, en el ámbito de lo privado; mientras, se reserva a lo jurídico un ámbito público concienzudamente depurado de su posible influencia.

Esta adjudicación, un tanto simplista, que confina la perspectiva moral en el ámbito de lo privado mientras reserva a la jurídica el de lo público, deja sin resolver el problema decisivo: cómo podemos trazar la frontera entre uno y otro; de dónde obtendremos los criterios para resolver si determinado problema, por su relevancia pública, ha de ser regulado por el derecho, o si cabe privatizarlo dejándolo al albur de los criterios morales de cada cual.

Si surge el problema es porque sólo partiendo de un determinado concepto del hombre, y de la inevitable traducción de éste en un código moral, cabrá deslindar qué exhortaciones morales merecen apoyo jurídico y cuáles cabría confiar a la benevolencia del personal. Lo mismo ocurre al dictaminar que determinado problema reviste tal relevancia pública que el derecho no podrá ignorarlo, privatizándolo imprudentemente.

A la hora de abordar esta cuestión clave no cabe otra solución que determinar el ámbito de lo jurídicamente relevante, teniendo como referencia -de modo más o menos consciente- unos perfiles de justicia objetiva. Como los planteamientos antropológicos y morales que les servirán de punto de partida no serán unánimes, siempre habrá quien no vea reflejado en el ordenamiento jurídico su propuesta de deslinde. Teniendo en cuenta las convicciones de todos, al final -se quiera o no- habrá que imponer a más de uno aspectos que personalmente no considera suyos.

5. Todos tienen convicciones
Tener en cuenta las convicciones de todos equivale por otra parte a reconocer que todos tienen convicciones. El laicismo tiende a estigmatizar como tales sólo las de los creyentes, como si las demás tuvieran el cerebro vacío. Desde esta perspectiva se consolida una concepción discriminatoria del término convicciones, vinculándolo de modo exclusivo a aquellos juicios morales emparentados con posturas defendidas por determinadas confesiones religiosas.

Situados de nuevo ante la necesidad ineludible de trazar la línea entre lo jurídicamente exigible y lo moralmente admisible, el laicismo opta por tomar partido disfrazado de árbitro. Atribuirá de modo gratuito patente de neutralidad a sus parciales propuestas de no contaminación. Conseguirá así, con particular eficacia, imponer sus convicciones por el simpático procedimiento de no confesarlas; no porque se lo pueda considerar poco convencido, sino solo por haberlas formulado desde presupuestos filosóficos o morales no abiertamente similares a los de una confesión religiosa. Se produce así una caprichosa atribución de neutralidad moral a propuestas moralmente discutidas; como si la frontera entre la fe y la increencia marcara a la vez otra entre la valoración o la inocuidad del propio juicio.

Característica de esta implícita discriminación, atentatoria a la libertad religiosa, es la propuesta de que el derecho se inhiba, optando por mostrarse neutral ante problemas particularmente polémicos: aborto, heterosexualidad de la relación matrimonial...

Obviar la polémica, presentando con aire neutral conductas que antes se habían visto rechazadas a golpe de juicio de valor, sería el modo más eficaz de contribuir al progreso y de vencer al oscurantismo. En realidad, lo que se está haciendo es sustituir un anterior juicio de valor -sometido a debate- por otro que -disfrazado de neutral- podrá ahorrarse toda argumentación. Parece obvio que al discutirse si los poderes públicos deben sancionar penalmente una conducta o dejar que cada cual haga de su capa un sayo, optar por lo segundo no demuestra neutralidad alguna; supone suscribir sin más la segunda alternativa. No parece exigir demasiado que, quien lo haga, haya de molestarse en argumentar por qué habrá que aceptarlo.

La causa última del problema acaba quedando en evidencia: las ideologías de querencia totalitaria se muestran incapaces de soportar una convivencia entre autoridad moral y potestad política. Lo reducen todo a política, con lo que de camino atribuyen a sus eventuales protagonistas -como una expresión más de la soberanía- el derecho a imponer a todos los ciudadanos su código moral, que no siendo neutro neutraliza al vigente, invirtiendo así, el juego democrático.

6. Un mínimo ético nada neutral
Situados ante esta realidad, parece claro que sólo la existencia de un fundamento objetivo podría justificar que se llegue a privar de libertad a quien desobedezca normas no necesariamente coincidentes con sus convicciones. Similar presupuesto late bajo el principio de no discriminación, recogido en el artículo 14 de la Constitución española: sólo la existencia de un fundamento objetivo y, en consecuencia, razonable justificará que pueda tratarse de modo desigual a dos ciudadanos. Lo de razonable refleja la inevitable ambivalencia de la razón práctica; se tratará de un fundamento racionalmente cognoscible, por una parte, y posibilitador de un ajustamiento de relaciones satisfactorio, por otra. Lo lógico y lo ético se acaban dando la mano en un planteamiento ético cognitivo.

No cabe solucionar el problema mediante el socorrido recurso al consenso. Descartado el posible juego de la razón práctica, el consenso no tendría ya nada que ver con verdad objetiva alguna, sino que pasaría a ser mera expresión de la superioridad cuantitativa de determinadas voluntades. Esa voluntad mayoritaria, falta de todo correlato objetivo, estaría en condiciones de imponer a las minorías una auténtica dictadura. Cuando, por ser la sociedad Pluricultural, no cabe dar por supuesta voluntad unánime alguna, será imposible salir de tal círculo vicioso.

7. Tolerancia y dictadura del relativismo
Si todo derecho reposa sobre un justo título, difícilmente cabrá exhibir un derecho a ser tolerado. El reconocimiento de derechos no es tarea propia de la tolerancia sino de la justicia, que es la que exige -llegando a recurrir a la coacción, si necesario fuera- dar a cada uno lo suyo. La tolerancia, por el contrario, es fruto de la generosidad; en la medida en que anima a dar al otro más de lo que en justicia podría exigir. Empeñarse en exigir lo que sólo apelando a la generosidad cabría lograr es pura contradicción.

La tolerancia -que por generosa es virtud- no tiene nada que ver con bien alguno, sino con asertos erróneos o conductas rechazables. Una conducta tolerada lleva implícito el reconocimiento de lo rechazable de su contenido, sólo excepcionalmente permitido por motivos de índole ética superior. Cuando esto se olvida se está abriendo la espita para que una ética mínima acabe suplantando al mínimo ético que da sentido al derecho.

Determinadas conductas pueden verse, en aras de la tolerancia, eximidas de sanción penal. Ello no implica, sin embargo, que hayan de convertirse necesariamente en derechos ya que, como el Tribunal Constitucional ha tenido ocasión de argumentar, no tenemos derecho a todo lo no prohibido. El buenismo hace que a algunos la tolerancia les sepa a poco, si no va acompañada de reconocimiento de derechos; esto acaba inevitablemente generando colaterales consecuencias represivas. Si somos tolerantes, al abordar códigos morales, entenderemos que -por moralmente rechazable que puedan parecer- cabría despenalizar determinadas conductas. Lo que no resultará nada tolerante es que, convertidas luego en derechos, pasara a considerarse antijurídica la mera libre expresión del código moral propio, hasta el punto de motejarlo de fobia o incluso atribuirle sanción penal.

Si la conversión de la tolerancia generosa en conducta jurídicamente exigible es ya un disparate, se queda en nada si se la compara con la criminalización como fobia -de la mano de lo políticamente correcto- de meras manifestaciones de libertad de expresión. El principio de mínima intervención penal se ha venido considerando inseparable de todo Estado respetuoso de las libertades, que debe recurrir siempre a cualquier otro instrumento jurídico antes de ejercer una coacción de tal intensidad. El acrítico celo alimentado por lo políticamente correcto acaba justificando inconfesadamente un novedoso principio, el de intervención penal, corno mínimo. El que vulnere sus implícitos dogmas irá a la cárcel, acusado de la fobia que corresponda; luego, si le quedan ánimos, podrá continuar el debate.

Lo más meritorio del asunto es que todo ello se lleve implacablemente a cabo en un contexto de dictadura del relativismo. Se pasa insensiblemente de la salmodia de que no cabe imponer convicciones a los demás, al veto formal a que alguien se atreva a expresar con libertad su propio código moral.

Bentham, poco sospechoso de iusnaturalista, patentó la actitud del buen ciudadano ante la ley positiva: «obedecer puntualmente, censurar libremente» [4]. Bobbio rechazó también con energía lo que tildó de positivismo ideológico[5]: la peregrina idea de que una ley, por el solo hecho de ser legítimamente puesta, genere una obligación moral de obediencia. Lo políticamente correcto, por el contrario, nos lleva al lejano Oeste: prohibido prohibir, porque aquí nada puede considerarse verdad ni mentira; pero yo no lo haría, forastero... ?

Notas
[1] Hemos tenido ocasión de exponerlo con mayor extensión en El derecho en teoría, Thomson-Aranzadi, Cizur Menor 2007.
[2] De ello me he ocupado en España ¿un Estado laico? La libertad religiosa en perspectiva constitucional, Civitas, Madrid 2005.
[3] J. Rawls, El liberalismo político, Crítica, Barcelona 1996, pp. 256-257.
[4] Fragmento sobre el Gobierno, Prefacio, 16, Aguilar, Madrid 1973, p. 11.
[5] «Sul positivismo giuridico», en Giusnaturalismo e positivismo guridico, Comunità, Milano 1965, pp. 105-106.