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jueves, 20 de abril de 2023

Ni libertad, ni igualdad ni servicio al ciudadano

Se consumó el desafuero. 

La noticia: "El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad del grupo parlamentario VOX en el Congreso contra la "Ley Celáa" (Ley Orgánica 3/2020, de educación)". 

Se veía venir. El tribunal constitucional (desde ahora con minúsculas) lleva unos meses dando por buenas todas las iniciativas legislativas del actual gobierno, aunque sean clamarosamente inconstitucionales (en este caso, vulnerando el derecho a la educación y la libertad de enseñanza "garantizados" en el artículo 27 de la Constitución. Una reforma de la Carta Magna por vía de tribunal, sin acudir a los mecanismos políticos previstos para esto. 

Entre otros despropósitos, la sentencia dice que no todos los modelos educativos deben recibir ayudas públicas. ¿Cómo va a tener libertad de elección la inmensa mayoría de familias si han de pagar DOS VECES (vía impuestos y vía matrícula) la educación de sus hijos, según qué modelo educativo escojan? 

La plataforma Más plurales ha emitido el siguiente comunicado, suficientemente elocuente: 

MÁS PLURALES RESPETA LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y MANTIENE SU RECHAZO A LA LOMLOE 

La Plataforma estudiará con detenimiento los fundamentos de la Sentencia, así como los votos particulares emitidos por cuatro magistrados. 

MÁS PLURALES respeta la Sentencia del TC aunque no la comparte y espera conocer y analizar con detalle los fundamentos que utiliza el alto tribunal para desestimar el recurso presentado y realizar en ese momento una valoración más profunda y desarrollada. 

La Plataforma MÁS PLURALES sigue defendiendo que hay aspectos de la LOMLOE claramente injustos sobre los que ya nos pronunciamos en su momento, que perjudican al sistema educativo y limitan gravemente las libertades y derechos de los ciudadanos. 

El hecho de que se hayan tenido que realizar dos ponencias distintas sobre la Sentencia pone de manifiesto que es una ley polémica y discutible. Por este motivo, la Plataforma seguirá trabajando para que sea modificada o sustituida cuanto antes y que su impacto en las Comunidades Autónomas sea el menos perjudicial posible. 

MÁS PLURALES sigue trabajando por una Ley de Educación que: 
  • Reconozca la complementariedad de las redes pública y concertada en el servicio de la educación sostenida con fondos públicos. 
  • Consolide el derecho de los padres a elegir centro educativo para sus hijos, respetando la demanda social a la hora de programar la oferta educativa. 
  • Mantenga, sin exclusión, el acceso a la financiación pública de todo tipo de centros educativos autorizados por las administraciones públicas. 
  • Permita la continuidad de los centros de educación especial para las familias que consideren que es lo más adecuado para sus hijos. 
  • Establezca la financiación a coste real del puesto escolar de los centros concertados garantizando así la gratuidad total de los mismos y las necesarias mejoras laborales de sus profesionales, docentes y personal de administración y servicios. 
  • Regule respetuosamente la asignatura de religión de acuerdo con su naturaleza académica, en igualdad de condiciones al resto de materias y como instrumento indispensable para la formación integral de la persona, objetivo esencial de la enseñanza. 

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 Foto: atarifa CC

miércoles, 13 de mayo de 2020

La presencia de la religión en el ámbito público. El artículo 16 de la Constitución Española

Por Andrés Ollero, Catedrático de Filosofía del Derecho.
En la revista Sevilla Nuestra, primavera de 2020

1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.

Andrés Ollero
Lo primero que salta a la vista en este epígrafe del artículo 16 de nuestro texto constitucional es la equiparación de la libertad religiosa con la ideológica. Esto implica un rechazo de todo intento de subordinación o minusvaloración de la dimensión religiosa en el ámbito público, como la pretendida por los planteamientos laicistas. La libre expresión de la propia ideología es exigencia elemental en una sociedad democrática; lo mismo cabe pues afirmar en ella de la vivencia sin obstáculos de las propias convicciones religiosas.

Entre unas cosas y otras, es fácil que uno acabe oyendo de vez en cuando alguna tontería. Nunca he oído sin embargo que alguien defienda la conveniencia de una igualdad ideológica, salvo que pretenda reinventar el partido único. Pero la estadística no perdona: he oído a algunos que se quejan de que en España no hay igualdad religiosa. Asunto distinto es cómo convivir en una sociedad pluriconfesional.

Tan absurdo como impedir la libre manifestación de la propia concepción del mundo sería el intento laicista de privatizar la vivencia religiosa, como si se la considerara perturbadora de la convivencia social. Ya suena demasiado a viejo aquello de considerar a lo religioso como el opio del pueblo, pero -quizá inconscientemente- los laicistas parecen pretender replantearlo como si la religión debiera ser tratada como el tabaco del pueblo: fume usted poquito y en su casa.

El mantra que esgrime el laicista de turno es que no se puede imponer las propias convicciones a los demás; como si él mismo no tuviera convicciones. Ya Io escribió Machado: "Zapatero, a tu zapato, os dirán. Vosotros preguntad: ¿y cuál es mi zapato? Y para evitar confusiones lamentables, ¿querría usted decirme cuál es el suyo?".

Por si no quedara claro, la primera línea del precepto arriba citado incluye a la vez la libertad de culto, con su inevitable proyección pública; a la vez que deja bien claro que no se trata de una mera piadosa actividad individual sino que incluye manifestaciones comunitarias, como las tan gozosamente abundantes en Sevilla.

El Tribunal Constitucional, al referirse al ejercicio de los derechos fundamentales, no deja de avisar que no hay derechos ilimitados. Los derechos son siempre libertad delimitada, para hacer posible la convivencia, e igualdad delimitada, para no ahogar la libertad. Al fin y al cabo la justicia, que aparece con una y otra como valor superior del ordenamiento jurídico (artículo 1.1), no es sino el ajustamiento de libertad e igualdad.

El límite de las libertades ideológica y religiosa es sin embargo particularmente mínimo: lo estrictamente necesario para el mantenimiento del "orden público". (...) Tal orden es como el núcleo duro de los derechos fundamentales, ajenos a toda negociación. Por muy devotos que parecieran sus adeptos, no se consideraría constitucional una comunidad que se reuniera los miércoles para realizar sacrificios humanos, premiando al afortunado con pasar a mejor vida.

El segundo epígrafe de nuestro artículo es sin duda el menos conocido, lo que facilita que se vea con facilidad atropellado. Dice así: 2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.

Lo que tiende a olvidarse es su consecuencia: atenta a la convivencia democrática quien descalifica inquisitorialmente opiniones ajenas echándole a su autor en cara sus creencias religiosas; como si con ello estuviera profanando un ámbito público presuntamente neutro. Algo tan poco elegante como nombrarle a la madre. Bien experimentado lo tendrán quienes se atrevan a defender la vida del no nacido o del enfermo terminal.

Una sociedad religiosamente neutra sería tan poco democrática como una sociedad ideológicamente neutra. La frontera entre lo neutro y la neutralización es muy tenue. Sobre todo cuando, opinando uno seis y otro tres, llega el neutral de turno y lo soluciona a su manera: cero y todos contentos...

El epígrafe más enjundioso del artículo 16 acabará siendo el tercero, que pone en cuestión el dogma laicista de una obligada separación entre lo religioso y los poderes públicos, entendida como no contaminación. Quizá por alergia al incienso, se pretende imponer un espacio social libre de humos. El término "separación" ni siquiera está presente en la Constitución, que lo sustituye -como veremos- por otro bien distinto: cooperación.

3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

Queda pues claro que el Estado español no es confesional. Cada ciudadano podrá tener la religión que libremente prefiera o no tener ninguna. Dejará en su contorno social, como es lógico, la huella de sus propias convicciones; como un ejemplo de pluralismo, reconocido también como valor superior del ordenamiento jurídico en el artículo que abre la Constitución.

Lejos de mostrarse ciegos ante lo religioso, los poderes públicos han de tenerlos en cuenta, no para ajustarle las cuentas, sino para ver el modo de atenderlos con la cooperación en cada caso más eficaz. A eso llama el Tribunal Constitucional laicidad positiva. Dado el pluralismo de confesiones religiosas, el resultado será obligadamente desigual; pero no de acuerdo con los caprichosos humores de quienes ejerzan el poder, sino del modo consiguiente a las creencias religiosas de sociedad española. De ahí la referencia a la Iglesia Católica, ausente en el anteproyecto de constitucional, pero incluida luego con el elocuente apoyo del mismísimo Santiago Carrillo.

lunes, 21 de marzo de 2016

Los torquemadas del lobby LGTBI

El verdadero valor se necesita hoy para ir contra corriente y oponerse a la nueva tiranía de género. Por eso he agradecido que me enviaran este artículo de Joan Font publicado en El Mundo Baleares, titulado Los torquemadas del lobby LGTBI.

No solo por el valor; sobre todo, porque sirve de aviso de lo que está pasando, casi sin darnos cuenta. Por eso lo traslado a este blog -dedicado a defender la libertad frente a las tiranías contemporáneas-, por si ayuda a reaccionar. ¿O ya es demasiado tarde?

El Mundo 12/03/2016
Joan Font Rosselló

foto atarifa CC
Decía Chesterton que «atacar cosas caducas y anticuadas no supone ningún coraje, no supone más que el que se necesita para agredir a su propia abuela. El hombre realmente valiente es aquel que desafía tiranías jóvenes como el alba, supersticiones frescas como las primicias en flor». Cito estas bellas palabras de Chesterton para felicitar a Agustín Buades, hasta hace poco presidente del Instituto de Política Familiar de Baleares, por su valentía a la hora de denunciar en solitario este calamitoso proyecto de ley que ha entrado en la Cámara balear y que tiene por objeto «garantizar los derechos de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales». Buades ha publicado una serie de artículos muy acertados donde ha puesto los puntos sobre las íes y en los que ha expuesto lo que piensan muchos y que pocos se atreven a decir, por la estigmatización que supone situarse contra el poderosísimo lobby gay.

Las posiciones del lobby LGTBI están tan intrínsecamente unidas a la corrección política dominante que, en su toma de consideración en el Parlament, se leyó como aperitivo al debate -otorgándole un carácter de institucionalidad sin venir a cuento- un manifiesto del colectivo de marras donde se afirmaba que «rechazar esta ley era homofobia, bifobia y transfobia» y no sé si me olvido de alguna fobia más. Observamos, por tanto, que la actitud de este colectivo es de censura. Son los nuevos inquisidores de una nueva tiranía, que diría Chesterton, la religión LGTBI, la única verdadera, que nos dicen a los demás lo que debemos pensar y aceptar so pena de caer en la estigmatización social. Me recuerda a los filólogos de la UIB para quienes la no utilización de un correcto estándar por parte de los personajes públicos debería ser motivo de «reprobación social». El colectivo-víctima LGTBI no quiere discrepancia, no quiere debate público, sólo sometimiento y censura. Por eso, y por su ferocidad, el silencio en torno a estas cuestiones es atronador.

Los argumentos de Agustín Buades son impecables. La lucha contra la discriminación es la lucha por el respeto y la dignidad de aquel que es diferente a mí, sea homosexual, musulmán, leninista o nacionalista. Esta dignidad, sin embargo, no nace por el respeto o adhesión -nula- que me puedan merecer la ideología de género, el Islam, el leninismo o el nacionalismo, sino por el hecho de ser personas de carne y hueso. Les respetamos no porque sean homosexuales, musulmanes, leninistas o nacionalistas, sino porque son personas como nosotros. De ahí, por ejemplo, que no sean lícitos en democracia los ataques personales (al destruir la dignidad del otro) y en cambio sí lo sea atacar las opiniones ajenas, puesto que el debate plural de ideas es la esencia de la libertad de expresión y de conciencia.

Como apunta Buades, «una cosa son las personas, otra su conducta sexual y otra sus opiniones sobre la sexualidad. A la persona hay que respetarla siempre; y respecto a ella no caben discriminaciones de ningún tipo. Las conductas sexuales, por el contrario, son respetables si no incurren en materia delictiva -como la pederastia- pero no es discriminatorio un juicio crítico sobre ellas. Respecto a las opiniones en materia de sexualidad, se aplica la libertad de pensamiento e ideológica sin más límites que los generales de estas libertades». En cambio, el lobby LGTBI pretende imponer socialmente una determinada visión de la sexualidad y blindarla institucionalmente, identificando cualquier rechazo a la ideología de género como una «discriminación» al colectivo LGTBI. Hasta aquí podíamos llegar.

Ya sé que ciertos matices y distinciones son difíciles de entender para quien ha interiorizado ser una víctima de la sociedad. El gigantesco movimiento del resentimiento que está haciendo furor en España pretende convertir ahora al colectivo LGTBI en un colectivo-víctima con derechos especiales, como si pertenecer a él te diera una identidad distinta que te determinara por completo como persona y, en consecuencia, te hiciera acreedora de una serie de privilegios. ¿Cuáles? El proyecto de ley obliga a educar a los niños considerando la homosexualidad y la bisexualidad, al margen de la libertad religiosa y del derecho de los padres a elegir el tipo de educación para sus hijos. Contempla la censura y un rosario de sanciones administrativas para el discrepante. Las denuncias por homofobia (recordemos que la homofobia ya está penada en España) no deben ser demostradas por el denunciante sino que debe ser el denunciado el que demuestre su inocencia, invirtiéndose la carga de la prueba y convirtiendo estas denuncias en un mecanismo de chantaje en todos los ámbitos, incluso en el lugar de trabajo. Como siempre, después de la mística viene la política.

Todos nosotros somos multidimensionales, somos la suma de todas nuestras dimensiones -entre las que se incluye nuestra orientación sexual y, naturalmente, nuestra opinión sobre la sexualidad-, no seres unidimensionales y absolutamente determinados por una sola dimensión humana, sea ésta el sexo, la orientación sexual, el estrato social, la lengua o una determinada forma de pensar. Las ideologías convierten cada una de estas dimensiones en la premisa sobre la que construyen una visión del mundo parcial y una identidad excluyente, olvidándose de que la persona es algo más que su orientación sexual, su sexo, su lengua o su estrato. El hecho de que el colectivo LGTBI haya estado discriminado históricamente y siga estándolo en otros países no les da ningún derecho a imponer su punto de vista sobre la sexualidad a los demás. Como homosexuales y demás, necesitan reconocimiento, respeto e igualdad ante la ley, no derechos especiales como colectivo. La experiencia nos enseña que es muy difícil que, una vez logrado el reconocimiento que se merecían en sociedades democráticas, este tipo de movimientos no acaben deslizándose por la pendiente de la revancha y el sectarismo. Ha ocurrido con los catalanistas y las feministas, por poner dos ejemplos señeros de esta evolución donde las iniciales y justas demandas de reconocimiento son dejadas de lado una vez han sido aceptadas socialmente para aspirar, en un segundo estadio, a dominar la sociedad. Un dominio ideológico al que quieren llegar gracias al Estado, al que quieren hacer creer que su obligación, en una especie de venganza diferida, es resarcir «aquí y ahora» el daño causado por la sociedad «en el pasado o en otras latitudes».

Que unos paguemos lo que hicieron otros nunca ha sido justicia y nos lleva a un espiral de agravios pretéritos sin fin. Una locura en la que andan enfrascados los de Podemos, un compendio de todas las ideologías sustentadas en la envidia y el resentimiento, de ahí que estos demagogos rebobinen continuamente el pasado en su afán por ajustar cuentas con todos nosotros. Y aunque «el triunfo de las demagogias sea pasajero, las ruinas son eternas», como decía Charles Peguy.

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domingo, 14 de octubre de 2012

Imparcialidad, religión y Tribunal Constitucional

Es un tanto largo y alguien diría que pasado de agenda; pero es actual como la vida misma, porque la sentencia está por salir y porque la cuestión de fondo es eterna.

Por Juan Antonio García Amado
Análisis Digital, 21 agosto, 2012 Por Manuel Cruz

foto Alberto Tarifa
Se ha armado un poquito de polémica porque Andrés Ollero va a ser el ponente de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la constitucionalidad o no de la vigente ley que declara jurídicamente lícito el aborto dentro de ciertos plazos. Andrés Ollero ha tomado posesión hace muy poco de su cargo de magistrado del Constitucional, es catedrático de Filosofía del Derecho, fue durante un buen puñado de años diputado del PP y portavoz de Justicia de dicho partido en el Congreso de los Diputados. Eso ocurrió hace unas cuantas legislaturas y durante los últimos tiempos se ha dedicado a su cátedra en la Universidad Rey Juan Carlos. Ha publicado diversos trabajos muy críticos con la permisión jurídica del aborto voluntario y pertenece al Opus Dei.

Antes de entrar en materia, añadiré tres pequeños datos que me conciernen. Uno, que tengo una buena relación académica y personal con Andrés Ollero. Este mismo año ha aparecido un libro que recoge una polémica nuestra a propósito del positivismo jurídico, libro editado por la Fundación Coloquio Jurídico Europeo y que corresponde a un debate organizado en Madrid por dicha Fundación, ligada al Colegio de Registradores de la Propiedad. Ollero me pidió que fuera contraponente y discutidor de sus tesis y la experiencia fue personalmente gratificante y académicamente estimulante. Dos, que ni soy creyente de religión ninguna ni simpatizo especialmente con el Opus Dei, organización católica con la que aquí mismo he sido bien crítico más de una vez.

Tengo compañeros del Opus con los que me llevo de maravilla y otros que me caen regular; igual que me pasa, como a cualquiera, con compañeros ecologistas, conservadores, izquierdistas, liberales, feministas, machistas, nadadores, abstemios, borrachines, aficionados al fútbol o coleccionistas de sellos. Por último, he de decir que el asunto del aborto me parece extremadamente difícil y que no tengo una postura completamente definida sobre cómo conviene tratarlo en Derecho. Me desagradan tanto la hipocresía de la derecha que se conforma con el simbolismo jurídico y no repara demasiado en las consecuencias de los abortos clandestinos o en las mil maneras de hacer la trampa a la ley restrictiva, como el ancha es Castilla de alguna izquierda, que trata el abortar como si de extirparse una espinilla estuviéramos hablando.

Permítaseme que, en lo que sigue, haga toda la abstracción posible sobre el asunto jurídico y moral de fondo y que no hable de si aborto sí o aborto no, sino de los tribunales constitucionales y las condiciones de su decidir.

El problema de Ollero en relación con la sentencia del TC sobre el aborto estriba, según ciertos medios y muchas reacciones, en que él es católico confeso y declarado miembro del Opus y que, por tanto, se sabe con bastante certeza que no le hace ninguna gracia la tolerancia jurídica de la interrupción voluntaria del embarazo. Sobre esa base, se conoce o se sospecha con buen fundamento o con algún fundamento que es probable que proponga la inconstitucionalidad de la norma legal en cuestión y que así vote en el seno del Tribunal.

Ahora bien, con parecida certeza o convicción podríamos adivinar el voto de Ollero por otras razones, reales o supuestas. Por ejemplo, si fuera o hubiera sido miembro de algún grupo defensor del aborto libre y despenalizado y hubiera firmado escritos con tales propuestas. O por ser o haber sido militante y destacado diputado del PP, que además es el partido que ha propuesto inicialmente su nombramiento como magistrado. De hecho, lo que la experiencia enseña hasta ahora y con muy limitadas excepciones es que los magistrados propuestos por el PP votan en el Tribunal lo que el PP propugna y los que fueron respaldados por el PSOE votan de acuerdo con lo que al PSOE le interesa.

¿Preocupa en los medios políticos y en los periódicos que son sus voceros la imparcialidad de los magistrados? ¿Proviene la inquietud de que los magistrados puedan no meramente tener su precomprensión o su opinión previa de asuntos tan delicados y polémicos como este -lo cual es inevitable entre gente que reflexiona sobre los grandes asuntos del Derecho y el Estado-, sino de que puedan algunos ser meras correas de transmisión de partidos políticos, asociaciones ideológicas de cualquier tipo o confesiones religiosas? Es decir, ¿se teme que en razón de su adscripción política, ideológica o confesional algunos magistrados no razonen en su labor con la debida ponderación e imparcialidad?

Me parece que no es esa la tónica general de este debate, por desgracia. Si de tan elevada preocupación se tratara, los diversos medios y grupos que tercian en la discusión invocando el prejuicio posible de algunos magistrados harían completa abstracción de la índole de tal prejuicio presunto. O sea, que el antiabortismo de Ollero o el proabortimo anterior de un hipotético magistrado inquietarían por igual a El País o Público que a ABC o La Razón. Creo que no es el caso. O que un magistrado haya tenido o tenga estrechos vínculos con un partido que interviene en el debate sobre la ley importaría lo mismo al margen de cuál sea ese partido, el PP o el PSOE, por ejemplo. Tampoco es el caso, en mi opinión. Una cosa es desear que los magistrados sean imparciales y no estén predeterminados por la disciplina o los postulados de ningún grupo “ideológico” y otra es querer que ganen “los nuestros” al precio que sea. El que solo se inquieta por la parcialidad de una parte es parcial por definición, por mucho que enarbole la bandera de la imparcialidad y jure que vive al lado del auditorio universal o de la comunidad ideal de hablantes. De muchos de los colegas de mi gremio que más aprecio y respeto puedo adivinar con el mismo grado de probabilidad que con Ollero lo que en este caso votarían si ellos fueran los que estuvieran en el Tribunal Constitucional. Lo sé por lo que les he leído, lo que les he escuchado y porque conozco con bastante certeza su legítima adscripción ideológica o de partido. No son ni peores ni mejores que Ollero por militar en otros partidos o en otras “iglesias”.

Si de defensa de la imparcialidad y objetividad del Tribunal Constitucional se tratara, lo que se estaría poniendo en solfa serían los procedimientos de nombramiento de los magistrados y las condiciones para su desempeño. Si la ligazón pasada o presente de un magistrado con un partido político es lo que se cuestiona, habrá que hacer completa abstracción de cuál sea ese partido y habrá que hablar de las reglas generales atinentes a la relación entre magistrados y partidos. Lo que razonablemente y con mínima ecuanimidad no cabe es que ese obstáculo se plantee nada más que para los del PP o para los del PSOE o los de IU o cualquier otro partido. ¿O acaso hay partidos legales que no “contaminan” porque su discurso y su programa se corresponde objetivamente con el Bien, la Verdad y la Justicia, mientras que otros sí dañan porque viven en el error y la impostura y a esos ni agua? ¿Es compatible una tal actitud con la democracia, la Constitución y el Estado de Derecho?

Luego, con matices especiales, está el tema de la religión. A mí las religiones me gustan bien poco, ya lo he dicho, y menos todavía me agradan las confesiones o iglesias que intentan forzar para que la vida social y la organización de los asuntos públicos se adapte, sí o sí, a los imperativos de la moral de sus creyentes o al dogma de sus libros sagrados. Ahora bien, ¿hay una diferencia cualitativa entre una manifestación de católicos contra el aborto y una manifestación de ecologistas contra las centrales nucleares o contra la llamada fiesta de los toros y debe esa diferencia cualitativa plasmarse en menores derechos de los primeros que de los segundos? ¿Debería vetarse el acceso a la magistratura constitucional a los primeros solamente o a todos? ¿Tendría Andrés Ollero que abstenerse en la votación sobre la ley del aborto y debería también abstenerse el magistrado ecologista defensor de los derechos de los animales y conocido antitaurino si se fuera a votar la constitucionalidad de una ley que prohibiera las corridas de toros? ¿Y el magistrado que hubiera escrito un libro argumentando a favor de la inexistencia de todo impedimento moral o constitucional de una ley de plazos para el aborto? Si extremamos esos razonamientos, tendríamos que acabar proponiendo que solo llegaran al Constitucional magistrados que nunca hubieran dicho nada relevante o comprometido sobre ningún asunto que puedan tener que juzgar un día; o deberían abstenerse siempre que les tocara sentenciar sobre temas de los que antes opinaron. Pero todos. Y, por cierto, ¿alguien dudó alguna vez de lo que votaría María Emilia Casas, entre tantos otros de acá o de allá, en cualquier asunto sobre el que tuviera postura muy marcada el PSOE? ¿Duda alguien de lo que votará Pascual Sala sobre el tema del aborto? O fuera máscaras o todos con máscara. Yo preferiría desenmascarar, ciertamente, pero entonces hay que ir a por todos y todas.

En un Estado constitucional, democrático y no confesional, la religión no debe ser favorecida y los creyentes de tal o cual confesión no tienen que contar con ventajas especiales. Pero tampoco se puede suponer que haya base constitucional para su discriminación.

¿Qué tiene de particular la religión como base del juicio moral y político de sus fieles? El dogma, el distinto fundamento para la ética del sujeto. Si yo, ateo, opino que la acción A es moralmente lícita y la acción B es moralmente ilícita y me preguntan por qué pienso así, tendré que buscar razones y razones e intentaré construir una teoría coherente y convincente que respalde mis tesis y las haga aptas para su razonable aceptación por los demás. El creyente también puede razonar así, por supuesto, pero en su fuero interno cuenta con una base de la que yo carezco: en última instancia, lo que está bien está bien porque así lo dispuso Dios por sí o por sus representantes, y lo que es moralmente malo e indebido lo es, en últimas, porque Dios no lo quiere y a Dios ofende. Una ética apoyada en la fe religiosa es una ética que da a quienes la profesan un respaldo de verdad y objetividad del que las demás éticas carecen o que exige una fundamentación mucho más difícil. Donde la razón no alcanza o allí donde sus resultados se vuelven brumosos e inciertos, el creyente tiene el sostén de la divina autoridad y el otro no tiene autoridad a la que acogerse. Al menos en teoría, el católico congruente dudará menos sobre la licitud o ilicitud moral del aborto voluntario, pues de mano ha de partir de lo inmoral y pecaminoso de tal acción.

Pero dos apostillas convine añadir de inmediato. La primera, que, por desgracia, el monopolio del dogmatismo, el grupalismo y los apriorismos no lo poseen las personas religiosas. Vemos cada día a muchos no creyentes o ateos confesos que militan en las más variadas causas morales, políticas y sociales con un fervor perfectamente parangonable al religioso y con nula capacidad crítica o autocrítica. Esto está bien o mal porque sí o, sobre todo, porque así lo proclaman mi líder, mi partido, mi grupo o los de mi cuerda. Por eso son tantos los que siguen a ciegas a los de su camada y tanto cuando la camada o sus dirigentes dicen so como cuando dicen arre.

El segundo matiz es que no hay base para negar que los creyentes religiosos tengan capacidad para la deliberación ecuánime en los asuntos de interés general. Por cierto, creo que Obama no es o no se dice ateo, sino persona religiosa, de confesión protestante. Es perfectamente imaginable y en la historia podemos hallar un sinfín de individuos religiosos que no decidieron temas jurídicos y políticos bien delicados con arreglo a los dictados de su personal conciencia moral religiosamente marcada, sino con atención a los requerimientos del interés general, a los dictados de la ley o la Constitución y diferenciando entre ética personal y ética pública. A un católico coherente, por ejemplo, su moral le impele a no abortar o a no colaborar con un aborto, pero no necesariamente a votar contra una ley que permita bajo tales o cuales condiciones el aborto voluntario.

Veámoslo de otra manera. Dos magistrados, M y N, votan contra la constitucionalidad de la ley que permite abortar cuando se cumple determinada condición. De M sabemos que es ferviente católico, de N conocemos que es ateo. ¿Tiene por definición distinto valor racional el voto de M y N? ¿O habrá que hacer abstracción de esa circunstancia y mirar las razones con las que el voto expresamente se motiva y juzgar por la admisibilidad de esas razones? ¿Excluimos de entrada a M o a N de la comunidad de argumentadores racionales? ¿Y si resultó que M votó a favor de la constitucionalidad de la ley y N en contra? Porque si de lo que nosotros arrancamos es de que la verdad no tiene más que un camino y que ese camino es el que nosotros propugnamos, los dogmáticos al viejo estilo religioso o eclesiástico somos nosotros. Tan nociva o más que las religiones propiamente dichas es la religiosidad secular que abrazan muchos de los que se dicen no creyentes y no son capaces de vivir sin su “iglesia”, su comunidad de fieles, sus ritos, sus mandamientos, su inquisición y sin el hábito de dividir a los humanos en virtuosos y réprobos. El enemigo de la convivencia libre y en igualdad no es la fe, es el dogmatismo; el dogmatismo de muchos que tienen fe y de muchos de los que dicen no profesarla y se piensan progresistas y libérrimos. Ni Hitler ni Stalin ni sus seguidores y secuaces eran gentes de iglesia propiamente dicha, y ya se vio cómo era su catadura. Otros, como Franco y la mayoría de sus partidarios, eran unos meapilas. La diferencia que más importa, pues, debe de estar en otra parte, en otras cosas.

El día que acabemos de convencernos de que la decisión de cada magistrado constitucional está plenamente determinada por su adscripción religiosa o de partido nada más que nos quedará una salida, si es que no nos gusta el juego en esos términos de fraude: o cambiamos las reglas del juego y los elegimos de otra manera y bajo otras condiciones o, si pensamos que no hay arreglo por esa vía, imponemos un revolucionario sistema de control de constitucionalidad: a cara o cruz, puro aleas. Eso sería mucho más imparcial. Lo que no tiene presentación es que estemos todo el día en la procesión y repicando: que qué calamidad que los magistrados sean parciales y prejuiciosos, pero que qué bien cuando son de los míos o están en mi onda o de su prejuicio sale el fallo que a mí me gusta. Eso se llama ley del embudo.

Publicado por Garciamado en domingo, agosto 19, 2012

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sábado, 26 de febrero de 2011

Dos caras de la misma moneda. Libertad religiosa y libertad de conciencia

Por Rafael Navarro-Valls
Catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, y secretario general de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España.

La libertad religiosa es la primera de las libertades, pero la libertad de conciencia es la estrella polar que orienta a las democracias. Dos caras de la misma moneda. Baste un ejemplo. No hace mucho, se reunían en Roma el primer líder político del mundo (Barack H. Obama) y la primera autoridad moral de la tierra (Benedicto XVI). El encuentro –en tiempo útil - duró unos veinte minutos. De ellos, ocho se dedicaron a la objeción de conciencia, en el marco de la libertad religiosa.

Es sintomático que, a la hora de destacar un tema que preocupe hoy a los dos núcleos más intensos de poder de la Humanidad, sea precisamente el de los choques entre conciencia y ley, que pone cada vez más de manifiesto los oscuros dramas que se generan en algunas minorías por leyes de directo o indirecto perfil ético. Un modo de decir que no es la objeción de conciencia una especie de ‘delirio religioso’, un subproducto jurídico que habría de relegarse a las catacumbas sociales. Al contrario, es una clara especificación del derecho fundamental a la libertad religiosa y de conciencia.

Esto es precisamente lo que acaba de concluirse en zonas muy diversas de dos continentes. Por un lado, en el marco de la objeción de conciencia al aborto, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (Resolución 1763, 2010), ha proclamado vigorosamente la “ obligación de garantizar el respeto del derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión de los proveedores de asistencia sanitaria”, Por otro, Perú promulga su primera ley de libertad religiosa (diciembre 2010), dedicando su artículo 4 a la tutela de objeción de conciencia, cuando alguien se ve constreñido a incumplir una obligación legal «por causa de un imperativo, moral o religioso grave o ineludible.

La razón de esta especie de contra-ataque de los derechos humanos trae su causa en dos razones. Las primera, los vientos de fronda que soplan en algunos países de Oriente contra la libertad religiosa. La segunda, una concepción del poder – sobre todo en Europa- que está convirtiendo la ley en un “simple procedimiento de gobierno, para transmitir consignas ideológicas con precipitación y, a veces, con vulgaridad.

Cuando se pide, en nombre del Papa, a la comunidad internacional que intervenga “de forma fuerte y clara” en la tutela de la libertad religiosa, se está poniendo en juego la primera cara de la moneda, “atónitos ante la intolerancia y la violencia”. Y cuando se denuncia la incontinencia normativa del poder, que intenta imponer por vía legislativa una filosofía beligerante con las conciencias, la moneda es vista desde su otra cara, aquella que legítimamente multiplica las objeciones de conciencia como reacción. Hace tiempo en América se desató la caza de brujas. Uno de sus objetivos fueron los actores de Hollywood. Esta fue su reacción : “hay muchas maneras de perder la propia libertad. Puede sernos arrancada por un acto tiránico, pero también puede escapársenos día tras día, insensiblemente, mientras estamos demasiado ocupados para poner atención, o demasiado perplejos, o demasiado asustados". Tenían razón.

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viernes, 25 de junio de 2010

Laicidad y libertad religiosa

Por Juan Moya, Doctor en Medicina y en Derecho Canónico, en Análisis Digital, hoy, 25 de julio de 2010

El arzobispo Dominique Mamberti, encargado de Relaciones Exteriores de la Santa Sede, ha intervenido en La Habana en unas jornadas sobre la laicidad del Estado. Nos vienen muy bien en nuestro país algunas de las cosas que allí ha dicho.

En primer lugar conviene recordar que tanto el término como la realidad misma de la “laicidad” no existiría sino fuera por el cristianismo, pues sin la distinción fundamental que Jesucristo hizo entre lo que el hombre debe a Dios y lo que debe al “César” no podríamos hablar de laicidad. Como ha dicho Benedicto XVI, desde su origen el cristianismo es una religión universal y por tanto “no identificable con un Estado; presente en todos los Estados y distinta de cada uno de ellos. La religión y la fe no están en la esfera política sino en otra esfera de la realidad humana; y la política, el Estado, no es una religión sino una realidad profana con una misión específica. Y las dos realidades deben estar abiertas una a la otra”.

El término “laicidad” ha sido desvirtuado por el uso que se le ha dado en el ámbito político. “Laicidad” deriva de “laico” y tiene su origen en el ámbito eclesial, como cualquier persona medianamente informada sabe. Y el “laico”, en su acepción más elemental era y es “el que no es clérigo”, pero no como realidades contrapuestas, sino simplemente distintas y complementarias. Ahora –en realidad desde el Iluminismo de la revolución francesa- algunos emplean ambos términos con un sentido de oposición neta entre la vida civil y la vida religiosa o eclesial, como si se tratara de dos enemigos incompatibles. Señala el Papa que “en los tiempos modernos ha tenido el significado de exclusión de la religión y de sus símbolos de la vida pública mediante el confinamiento al ámbito privado y de la conciencia individual. Así ha sucedido que al término laicidad se le ha atribuido una acepción ideológica opuesta a la que tenía en su origen”.

Así pues, la laicidad se ha convertido en laicismo: es decir, en una visión de la vida civil en la que se excluye la dimensión pública religiosa de la vida humana. En este sentido la laicidad laicista no asegura, sino más bien obstaculiza, el derecho a la libertad religiosa. Y es que la supuesta neutralidad del Estado con relación al credo de sus ciudadanos es insuficiente, pues los Estados tienen que garantizar la libertad religiosa de esos mismos ciudadanos. De lo contrario, si se subordina la libertad religiosa a cualquier otro principio, “la laicidad tiende a transformarse en laicismo, la neutralidad en agnosticismo y la separación en hostilidad”, ha escrito el profesor Martín de Agar. En este caso, paradójicamente, el Estado supuestamente neutral, pasa a ser un Estado “confesional”, cuya “religión” es la ideología laicista, “hasta con sus ritos y liturgias civiles”.

Como decía Juan Pablo II cuando estuvo en Cuba en 1998, “el Estado, lejos de todo fanatismo o secularismo extremo, debe promover un clima social sereno y una legislación adecuada, que permita a toda persona y a toda confesión religiosa vivir libremente su propia fe, expresarla en ámbitos de la vida pública y poder contar con los medios y espacios suficientes para ofrecer a la vida de la Nación sus propias riquezas espirituales, morales y cívicas”.

Y es que el cuidado del Estado por el bien de los ciudadanos no puede limitarse a algunas dimensiones de la persona, como la salud física, el bienestar económico, etc. “El hombre se presenta frente al Estado también con su dimensión religiosa”, lo que implica que el Estado no impida los actos voluntarios y libres de la persona hacia su Creador. “Esos actos no pueden ser mandados ni prohibidos por la autoridad humana”, ha afirmado Benedicto XVI, que por el contrario tiene el deber de respetar y promover esa dimensión.

El derecho a la libertad religiosa no se garantiza por el mero hecho de no hacer violencia o no intervenir en las convicciones personales, o por limitarse a respetar la manifestación de la fe en el ámbito propio del culto, pues no se debe olvidar que “la misma naturaleza social del hombre exige que éste exprese externamente los actos internos de religión, que se comunique con otros en materia religiosa, y que profese de modo comunitario su religión”, sigue diciendo el Papa. La libertad religiosa no sólo es un derecho del individuo, sino también de la familia, de los grupos religiosos y de la Iglesia misma, como proclamó el Concilio Vaticano II en el Decreto “Dignitatis humanae”.

Se trata, en palabras de Mons. Mamberti, de “coordinar rectamente laicidad y libertad religiosa, tomando la primera como un medio importante pero no exhaustivo para respetar la segunda”, sin reduccionismos que terminen negándola.

* Foto: Estandarte, Virgen de Montserrat, Granada 020607, © atarifa

viernes, 29 de enero de 2010

El 70% de la población mundial no goza de libertad religiosa

En ACEPRENSA, 8 de enero de 2010

El laicismo europeo sigue discutiendo sobre temas más bien accidentales, como el referéndum suizo sobre los alminares, la posible ley francesa contra el empleo del burqa, o la débil sentencia del Tribunal de Estrasburgo sobre crucifijos en escuelas públicas. Entretanto son asesinados cristianos en Irak o en Egipto, sin apenas repercusión en los medios informativos. Y la intolerancia no se reduce, como señala un amplio reportaje del diario francés La Croix, basado en un informe del Pew Research Center’s Forum on Religion and Public Life, una institución muy reconocida en Estados Unidos, titulado Global Restrictions on Religion.

Aunque los Estados con fuertes limitaciones a la libertad religiosa son una minoría, se trata de países con mucha población. Por eso el Pew Forum concluye que alrededor del 70% de los habitantes del planeta está sometido hoy a fuertes restricciones de su libertad religiosa. Esa afirmación es consecuencia de la valoración de parámetros concretos, país por país, en torno a restricciones gubernamentales y a hostilidades sociales interreligiosas. Lo que diferencia al informe del Pew Forum es que se trata de un estudio cuantitativo para llegar a establecer unos índices de limitaciones a la religión.

Respecto de las restricciones gubernamentales, se aplican veinte criterios, en función de leyes nacionales o locales, textos jurídicos o injerencias policiales, que restringen las libertades de enseñar o predicar, prohíben o dificultan las conversiones (75 países), controlan a los grupos religiosos, obligan a registros previos (178 países) o favorecen de modo preferente a una determinada religión. Esas dificultades afectan a católicos, protestantes (sobre todo, evangélicos), judíos, budistas e, incluso, a ciertos grupos minoritarios de musulmanes. Y 43 países tienen una tasa alta o muy alta de restricciones, como: Arabia Saudita, Pakistán, Irán, Egipto, Argelia, Turquía, Indonesia, la Rusia mayoritariamente ortodoxa, la India hindú, la Birmania budista, y los países comunistas Vietnam y China.

Hostilidad social
Las hostilidades sociales por motivos religiosos se producen, sobre todo, en países musulmanes o budistas. El Pew Forum aplica trece criterios que miden las diversas formas de actos hostiles, individuales o colectivos, organizados o espontáneos. El informe precisa que la falta de actos violentos no significa necesariamente que no existan tensiones religiosas. Son 41 los Estados con tasas elevadas o muy elevadas de hostilidad: países musulmanes como Irak, Afganistán, Sudán o Somalia; budistas como Sri Lanka. Además, en 17 países la religión ha estado en el origen inmediato de acciones terroristas.

Las restricciones gubernamentales y las hostilidades sociales no siempre van de la mano. Por ejemplo, los gobiernos de China y Vietnam mantienen muchas restricciones de las actividades religiosas, y en cambio las hostilidades sociales son muy bajas. Por el contrario, en Nigeria y Bangladesh hay muchos conflictos sociales por motivos religiosos, pero moderadas restricciones de origen gubernamental.

Si se entrecruzan las dos clasificaciones, que no coinciden necesariamente, resulta que 64 naciones –un tercio de los países estudiados– tienen una tasa elevada o muy elevada de restricciones a la libertad. Y, como la mayoría de esos países están densamente poblados, el problema alcanza a una gran proporción de habitantes del planeta.

Entre los 25 países más poblados del mundo, los que tienen más limitaciones –teniendo en cuenta ambos índices– son Irán, Egipto, Pakistán e India. Por regiones, Oriente Medio y el Norte de África son las que tienen más restricciones, mientras que las dos Américas son las más respetuosas con la libertad religiosa.

El reportaje de La Croix, se refiere también al último número de la revista de l’association Conscience et Liberté, con sede en Berna, dedicado a extremismo religioso y libertad de religión. Karel Nowak, secretario general de esa publicación, afirma que los extremistas son muy poco tolerantes. Por el contrario, “una mayor libertad religiosa, especialmente de culto y enseñanza, constituye un potente antídoto contra el extremismo religioso. La promoción del derecho a la libertad de religión o de convicciones no es sólo un imperativo moral, sino una obligación pragmática. Es el mejor remedio contra el extremismo y el fanatismo, y un medio esencial para garantizar la seguridad del mundo”.

miércoles, 26 de agosto de 2009

Libertad y poder

Alejandro Llano en La Gaceta de los Negocios, el 15 de agosto de 2009

La resignación sumisa al poder nos está acercando a la servidumbre

Como rayo que no cesa, la clase política nos abruma, también durante el verano, con peleas de patio de vecindad, lanzándose denuestos desde los lugares —no precisamente austeros— donde transcurren sus vacaciones. Y el trabajo común, por hacer. La crisis sigue destruyendo empleos y cerrando empresas. Mientras, las únicas informaciones que nos llegan, con posibles remedios, provienen de instituciones en las que se tiene la buena costumbre de trabajar ocho horas diarias, cinco días a la semana.

No hemos asimilado una cultura política en la que el poder se entienda como servicio antes que como disfrute. Los que mandan se aíslan de la sociedad y se rodean sólo de quienes les halagan y les soportan todo. Es congruente entonces que aumente escandalosamente el número de empleados públicos —y de altos cargos— en todos los niveles de la Administración. No conciben el poder como una realidad porosa, abierta a los ciudadanos, sino como un enclave blindado, curvo sobre sí mismo.

Entre nuestros mandatarios, algunos responden más nítidamente a la caricatura del político profesional que se olvida de los ciudadanos y va a la suya. El proceder de los socialistas de los últimos meses es un modelo de conducta autorreferencial, únicamente afanada por los intereses del Gobierno y del partido, y de quienes componen ambas instancias.

Es propio de la ideología socialista creer que la libertad es un producto del poder. La misión histórica del PSOE actual, según ellos mismos, es liberar a las españoles de sus ancestrales prejuicios y forzarles de hecho a un comportamiento que esté a la altura de la modernidad ilustrada. Liberación que, claro está, no se refiere a la pobreza o escasez de medios de vida: esos objetivos del socialismo clásico ya están superados. Ahora nos aplican sistemáticamente una ideología de la desvinculación, en la que se trata de separar al individuo de sus presuntas ataduras familiares y éticas. No nos confundamos: están hablando de liberación, no de libertad; porque creen que la libertad es una ilusión tradicional y conservadora, a la que siguen aferrados los católicos, que pretenden revivir la España tradicional, y los neoliberales, únicos culpables de la crisis económica.

Para poner remedio a los fatales efectos de esta gobernación manipuladora, el único recurso es la libertad humana real y concreta. Contra la liberación ideológica, la libertad vital. A algunos les parece esto un juego de palabras, quizá porque ya están infectados por una pandemia moral, más grave que la nueva gripe. No faltan quienes todavía no han sido absorbidos por la confusión mental, pero hacen las siguientes previsiones: Zapatero volverá a ganar las próximas elecciones generales y continuará la decadencia económica y social hasta que, efectivamente, a España no la conozca ni la madre que la parió.

Quienes seguimos siendo tan optimistas como para no considerar que tal diagnóstico se cumplirá fatalmente, pensamos que la libertad personal y social es la única posibilidad alternativa a la liberación ideológica que nos están imponiendo. Decía Edmund Burke que, “cuando los ciudadanos actúan concertadamente, su libertad es poder”. La libertad no es el producto de una liberación impuesta desde el poder: es más radical y originaria que el propio poder. El totalitarismo, en cambio, se inspira en la sentencia de Hobbes: “No es la verdad, sino la autoridad, la que hace la ley”. El Leviatán, que hoy amaga por doquier, se pasea a sus anchas por los páramos de España. De ahí que los socialistas mantengan el contrasentido de que la propia objeción de conciencia ha de ser autorizada por quienes tienen la vara de mando. Minorías sordas a las opiniones de la gente fabrican leyes inmorales ante las que es preciso inclinarse devotamente.

Signo y expresión de la libertad ha sido siempre el inconformismo ante el poder injusto. La resignación sumisa, por el contrario, es el camino que nos está acercando a la servidumbre. Y como ni el Gobierno ni la oposición apuestan realmente por la libertad, ahora le toca a la responsabilidad cívica. Pacíficamente, hay que plantarse desde este mismo momento y decir: yo por ahí no sigo.

jueves, 16 de julio de 2009

Proyecto de Ley de Libertad Religiosa

SE DESVELAN LAS PAUTAS DE LA NUEVA LEY DE LIBERTAD RELIGIOSA

El Gobierno pretende limitar la objeción de conciencia al socaire de la ley de Libertad Religiosa, según confiesa el propio ministro de Justicia

Análisis Digital. Redacción - 14/07/2009

El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha señalado ya las pautas por las cuales se está elaborando la nueva ley de Libertad Religiosa y que bien pueden sintetizarse en esta frase del ministro: “La libertad de conciencia no puede ser una excusa permanente para desobedecer la ley”. Esto declaró ayer Caamaño en El Escorial durante la apertura del curso “La pluralidad religiosa en la sociedad española contemporánea. Cuestiones a debate”, organizada por la “Fundación Pluralismo y Convivencia” que preside el propio ministro, en el marco del debate sobre la nueva Ley Orgánica de Libertad Religiosa, de la que únicamente se conocen determinados rasgos.

¿Qué quiere decir estos? Simple y llanamente que, de ser aprobado este proyecto en las Cortes, se impondrá el cumplimiento de cualquier ley, incluida la del aborto, por encima de la conciencia de la persona, en este caso de los médicos y sanitarios que, en principio, estarán obligados a intervenir a una embarazada que pretenda abortar sin atender a su libertad de conciencia. Aclaremos que la Fundación presidida por el ministro fue constituida hace cuatro años por el sindicato FETE-UGT por lo que es evidente su tendencia ideológica laicista.

A la vista de una declaración de tan tanta trascendencia, hecha por parte de uno de los responsables de la futura ley, el presidente del Observatorio de Libertad Religiosa y de Conciencia, Marcial Cuquerella, ha exigido al ministro de Jsticia que especifique cuáles son esos casos en los que la libertad de conciencia no es “excusa”, si hablamos de objeción médica o farmacéutica o de los padres en lo tocante a la educación de los hijos... “En cualquier caso, no especificar –añadió Cuquerella-, supone echar gasolina al fuego de la incertidumbre ciudadana, muy preocupada por la nueva ley”.

En segundo lugar, el presidente de la OLRC añadió que constituye una irresponsabilidad por parte del señor Caamaño el transmitir a la ciudadanía que la conciencia es una excusa. “La conciencia es la exigencia más íntima y personal sobre los límites a los que una persona puede someter sus actos, y nadie puede obligar a un semejante a obrar contra su propia conciencia”, añadió.

Por último, Cuquerella ha instado al ministro de Justicia a obrar, trabajar y legislar a favor de la libertad de los ciudadanos, y lo ha animado a que no tenga miedo de las consecuencias que el libre ejercicio de esta libertad pueda traer. Para ello, y aprovechando la afirmación del ministro, este Observatorio se ha vuelto a poner a disposición del ministro para alcanzar ese consenso al que pretende aspirar.

domingo, 11 de enero de 2009

¿Ya no se lleva la libertad?

¿No convendrá acudir también a la religión, para entender qué es la libertad?

Por Antonio Argandoña. La Gaceta de los Negocios, lunes, 5 de enero de 2009

El pasado 24 de diciembre, el Wall Street Journal publicó un editorial que ya había aparecido el año pasado. ¿Iban cortos de material? ¿Se les habían acabado las ideas? A lo mejor es que el tema era importante… Bueno, de hecho vienen publicando ese mismo editorial desde hace 59 años. Y parece que muchos de sus lectores todavía no se han enterado de su mensaje.

Hoy, a muchos conciudadanos nuestros ese artículo les habrá sonado a un idioma desconocido. De entrada, el título está en latín: In hoc anno Domino, en este año del Señor. Luego, parece políticamente incorrecto, porque hace una referencia directa a la religión cristiana. Recuerda el viaje de Pablo de Tarso a Damasco para detener a los cristianos que encontrase y llevárselos a Jerusalén para ser juzgados. En aquel viaje, Pablo se encontró con alguien, Jesús, que él creía que era un fantasma del pasado, pero que estaba vivo y que se sentía identificado con aquellos desgraciados a quienes Pablo quería castigar. Y empezó a pensar de otra manera.

Vermont Royster, el editorialista del Wall Street Joumal en 1949, no pretendía hablar de religión. A su periódico le preocupaba la libertad: poco antes había acabado la más terrible guerra de la historia, y el mundo parecía indeciso entre un comunismo rampante y un socialismo no menos amenazante. El editorial que comento recuerda, también cómo el mundo en que Vivía Pablo de Tarso no era un mundo libre. Había, sí, paz, orden, pero mucha opresión para los que no eran amigos de Tiberio y César, “los que se atrevían a pensar de manera diferente eran perseguidos… aquellos que venían de tribus que no eran romanas eran esclavizados, y, sobre todo, había en todas partes un desprecio de la vida humana”. Aquel hombre que se cruzó con Pablo en el camino de Damasco había venido para defender la libertad.

A las mujeres y los hombres de 2009 quizás nos llame la atención que un periódico económico, laico, que se edita para ganar dinero (pero también para difundir ideas), utilice argumentos religiosos para defender la libertad. Y que lo hiciese no sólo hace casi seis décadas, sino que lo vuelva a repetir cada año.

De esta insistencia del Wall Street Joumal en defender la libertad humana con argumentos del cristianismo, me gustaría sacar una conclusión y hacerme una pregunta. Empezaré por ésta: ¿qué ha cambiado, para que hoy esa religión no nos hable de libertad? ¿Ha cambiado la religión? No parece que este sea el caso. Entonces, ¿ha cambiado el concepto de libertad? Sospecho que sí: ahora queremos "andar erguidos y no inclinar la cabeza ni siquiera ante Dios" -quizás nos hemos hecho una idea errónea de quiénes ese Dios-. Cuando uno anda muy erguido, puede pisar a los demás. O como dice también el editorial, quizás hemos vendido "nuestros derechos como hijos de Dios, a cambio de un plato de potaje, y ya no andamos en la libertad”. De buena fe, sin duda, pero no sabemos qué es ser libres.

Y la conclusión: ¿no habrá algo de verdad en los argumentos del Wall Street Joumal? Quiero: decir, ¿no convendrá acudir también a la religión, para entender qué es la libertad? Ya sé que esto no se lleva hoy, pero ¿quiénes son esos nuevos césares que nos dicen qué lecturas nos convienen y cuáles no, excluyendo, por ejemplo, las de aquel Pablo de Tarso que descubrió la libertad, hace dos mil años, en el camino de Damasco?